Por: Paloma Cotrina, Especialista Legal
Cada tercer domingo de junio, el Perú celebra el Día del Padre. Un día cargado de afecto, mensajes de agradecimiento y homenajes que exaltan la figura paterna. Pero más allá del día festivo, hay una pregunta que muchas veces no se hace: ¿qué tanto espacio tienen los padres en el Perú para ejercer realmente su paternidad?
¿Qué tan equitativa es nuestra normativa laboral?
En los últimos años, se ha impulsado el concepto de corresponsabilidad parental: la idea de que criar no es tarea exclusiva de la madre, sino una labor compartida entre ambos progenitores. Sin embargo, al examinar nuestro marco legal, encontramos una realidad distina. A las madres se les otorgan cerca de 100 días de licencia por maternidad; a los padres, apenas 10 —y solo si están formalmente contratados.
Este desequilibrio no solo limita la participación del padre en los cuidados iniciales, sino que también recarga a la madre con la mayoría de responsabilidades, alimentando, por un lado, la percepción de que contratar mujeres resulta más costoso para las empresas y por otro, invisibilizando la importancia del rol paterno en la crianza. Una lógica que, en la práctica, perpetúa desigualdades estructurales en el acceso al empleo formal.

Licencia parental compartida: una deuda pendiente
En esa línea, la Comisión de Trabajo del Congreso ha aprobado por insistencia el Proyecto de Ley N.º 01330/2021-CR, actualmente en agenda para debate en el Pleno. Esta iniciativa plantea ampliar la licencia de paternidad de 10 a 15 días —financiando los últimos cinco con recursos de EsSalud— e incorpora medidas relevantes, como permisos con goce de haber para controles prenatales. Si bien son avances necesarios, estamos aún lejos de construir una verdadera corresponsabilidad.
No se trata únicamente de sumar días. Lo que realmente se requiere es repensar el modelo desde la base: ¿por qué no permitir que madre y padre compartan y distribuyan libremente el tiempo de licencia según sus necesidades familiares? ¿Por qué no facilitar que el padre asuma un rol más activo en la crianza, sin poner en riesgo la sostenibilidad de un sistema de salud ya sobrecargado?
Una alternativa que ya se aplica en países como Chile[1], Colombia[2], Noruega[3], Suecia[4], Finlandia[5], Australia[6], Alemania[7] es la licencia parental compartida. Esta modalidad permite que ambos progenitores —sin importar su estado civil— se turnen o dividan la licencia con flexibilidad, reconociendo que el cuidado no es exclusivo de la madre y que el vínculo temprano con el hijo es esencial para ambos.
Implementar este enfoque en el Perú exige mucho más que añadir días: requiere una reforma integral que reconozca los nuevos roles familiares y garantice el derecho de ambos padres a cuidar. Esto solo será posible si se acompaña de una estrategia clara de financiamiento y de una visión de largo plazo, evitando sobrecargar instituciones como EsSalud sin un respaldo actuarial.
Una reforma así haría justicia a los padres que quieren estar presentes desde el inicio de la vida de sus hijos, aliviaría la presión histórica que recae sobre las madres y ayudaría a desmontar el prejuicio de que contratar mujeres es más costoso. En suma, permitiría avanzar hacia una verdadera igualdad de género en el empleo y en la familia. Y si bien es cierto que esto solo podría aplicarse al 30% de la población formal, en un país con un machismo tan arraigado como el nuestro, por algún lugar hay que comenzar dando el ejemplo.
Un nuevo rol para el padre peruano
Este Día del Padre nos brinda una oportunidad para hablar de otra forma de paternidad. Una más presente, más activa, más empática. Pero también una paternidad con derechos laborales que la respalden. Porque cuidar no es solo una vocación: también es un derecho que debe reconocerse y garantizarse.
Quizá ha llegado el momento de que nuestras leyes dejen de asumir que solo las madres cuidan. Porque cuando el padre también quiere estar, el Estado no debería ponerle barreras. Debería abrirle la puerta.
[1] Código del Trabajo de Chile. Artículo 197 bis.
[2] Ley 2114 de 2021 de Colombia. Artículo 236, párrafo 4°.
[3] Ley de Seguro Nacional (Folketrygdlove). Capítulo 14.
[4] Ley de Licencia Parental de Suecia (Föräldraledighetslagen, SFS 1995:584).
[5] Gobierno de Finlandia (2022). La reforma del permiso familiar apunta al uso del permiso familiar por parte de ambos progenitores. https://stm.fi/perhevapaauudistus
[6] Paid Parental Leave Act 2010.
[7] Ley Federal de subsidio parental y licencia parental (Gesetz zum Elterngeld und zur Elternzeit (Bundeselterngeld- und Elternzeitgesetz – BEEG)